Pasaporte indígena, ejercicio de la Plurinacionalidad

Expedir pasaportes indígenas (Kichwas) en un país andino, desató la ira del gobierno colonial, no nos sorprende, solo se confirma la presencia de las cadenas mentales coloniales. El colonialismo vino con el imperio castellano (1492), que como cualquier imperio expansionista (agresor y hegemónico), arrasó las culturas originarias (etnocidio), aniquiló decenas de millones de personas (genocidio) y con un extractivismo despiadado (ecocidio) destruyó la Pachamama y expolió las fuentes de vidas. El sistema de dominación se implantó siguiendo el dogma bíblico: Génesis, Capítulo I, Versículo 28 “Y creó Dios al hombre a su imagen diciéndoles. Sean fecundos y multipliquen. Llenen la tierra y sometan”. Desgraciadamente este colonialismo judeocristiano / grecorromano vino para no irse.
 
Aparentemente llegó al Ecuador la “independencia” en 1830… En realidad solo fue un cambio de timonel, con las mismas taras, vicios y mezquindades. A la corona le sustituyó los mismos españoles (criollos) nietos nacidos en tierras de la Abya Yala (América), otro patrón con mismo fuete.

 
El colonialismo quedó así intacto, la evidencia es la expedición y uso del pasaporte indígena por la Confederación de Pueblos Kichwas del Ecuador ECUARUNARI que desató una virulenta reacción del canciller Ricardo Patiño, que es parte del círculo íntimo del gobierno colonial del Ecuador, al descalificarme como “el mayor chiflado de los chiflados”, contagiando al Ministro del Interior para fabrique “memes” y sus feligreses lancen un linchamiento mediático por las redes sociales colmados de odio y racismo: “ridículo, ignorante, llorón, loco, shunsho, atrasado, salvaje, vago, payaso, traidor, cobarde, idiota, vago, inepto, mierda, pillo, mediocre, terrateniente, coyotero, bruto, analfabeto, llamingo idiota sin cerebro, mamarracho, feo, indeseable, burro, imbécil, escoria, etc…” Pregunto qué les irritó tanto?, Está prohibido cuestionar al estado colonial?, los indios no podemos ejercer derechos? Al menos la hipocresía quedó al desnudo. Los insultos racistas son parte del andamiaje colonial superior, dominador (generalmente hombre, blanco, rico, letrado, civilizado, urbano, exitoso, desarrollado… sobre mujer, indígena, pobre, iletrada, salvaje, rústica, atrasado, subdesarrollado). El sistema colonial penetró hasta la medula y asistimos en el hogar, escuela, universidad, trabajo, calle, plaza, campo, ciudad…
 
Conscientes estamos que la lucha no es de velocidad es de resistencia. No es fácil luchar contra un sistema (capital-extractivista, colonial patriarcal, racista y clasista), empero si claudicamos estamos condenados a extinguir, y sin resistencia no hay sobrevivencia. Bien dijo un cierto día el sabio abuelo: “mirad hijo mío con tus buenos ojos, si occidente quiere destruir nuestra cultura, primero tendrán que destruir la sagrada chakana” , la sapiencia del amawta (filosofo) kichwa, reanima a seguir nadando aún contracorriente, no importa que la utopía en términos de Galeano se aleje sin descanso, mas caminar enseña y de chakiñan en chakiñan (pequeño camino) acercaremos al Kapak Ñan (camino real), cuando? no sé, el tiempo lo dirá, como sabio juez, que se demora sentenciar pero al final da a quien la merece.
 
Un pasaporte a la libre determinación
 
 
Cuando nos posesionamos en la ECUARUNARI, anunciamos ¨radicalizar la resistencia¨ en respuesta al autoritarismo colonial. Desde los banquillos de la injusticia, la cárcel y la clandestinidad aprendimos a resistir y sobre esta fresca y potente raíz germinó el derecho a la libre determinación de los pueblos, de ahí germinó la plurinacionalidad e interculturalidad y brotó frondosamente varias ramificaciones: derecho propio, lengua y cultura propia, medicina ancestral, economía, agroecología, ciencia y filosofía indígena, gobierno propio y asistimos a una pluralidad jurídica, política, económica, social, espiritual, siendo esos diversos, distintos y unitarios que construimos comunidad. Recordemos que la mayor riqueza de los pueblos no es la unidad sino la diversidad; nadie es más ni menos solo distintos, convivimos cobijados por los principios filosóficos de la complementariedad, paridad, reciprocidad, proporcionalidad, integralidad, relacionadidad que brotan precisamente de la sagrada Chakana, inspirada en el autentico Alli Sumak Kawsay.
 
En este contexto jurídico/político, ético/filosófico, surgió la imperativa propuesta de un pasaporte indígena, alumbrados por las improntas de los sabios abuelos e indignados por la violenta detención y deportación de Manuela Picq Lavinas , y se escogió el 12 de octubre, Día de la Resistencia, para emitir pasaportes Kichwas, conscientes de las reacciones a venir, por parte de quienes ostenta el monopolio de la fuerza.
 
Antecedentes de pasaportes indígenas
 
El gobierno Iroqués o Haudenosaunee ya en 1923 emitió pasaportes indígenas. Cayuga, estadista Deskaheh (General Levi) viajó a Ginebra, sede de la Sociedad de Naciones para denunciar el acoso que sufrían los pueblos indígenas por los estados . En 1977, 26 estados reconocieron pasaportes indígenas a la Confederación Iroqués. 
 
Posteriormente la selección nacional del equipo Iroqués viajó con sus propios pasaportes a un torneo internacional de lacrosse en Inglaterra, rechazados inicialmente y con la intervención de la secretaria de Estado Hillary Clinton pudieron viajar el 14 de julio de 2010.
Otro caso apareció en el Diario Británico The Guardian del 19 de septiembre 2014 que informó sobre indígenas de Australia después de un viaje por Canadá con pasaportes aborígenes retornaron a Australia, pese un inicial rechazo por el departamento migratorio.
 
Posteriormente dos indígenas australianos regresaron por el aeropuerto de Melbourne utilizando pasaportes indígenas. El pasaporte de indígenas australianos, según la página web del Gobierno aborigen existe desde 1987, sin embargo Australia se niega a aceptarlos mas su lucha no ha terminado porque “vamos a seguir utilizando estos pasaportes, porque decir que no podemos ser reconocidos como pueblos aborígenes en 2014 es una bofetada en la cara a lo que somos” concluyó Clayton-Dixon líder indígena australiano.
 
Sustento jurídico para pasaporte indígena
 
La Constitución del Ecuador de 2008, otrora calificada por el gobierno del Ecuador como el “canto a la vida” inicia en su primer artículo declarando que el Ecuador es un Estado constitucional de derechos … Plurinacional e Intercultural. Para ser intercultural tiene que ser antes plurinacional, sino con quien practican la interculturalidad. 
 
La Plurinacionalidad no es snob ni folclorismo, como tampoco se puede reducir a un concepto cultural (pluricultural). Recordemos que el colonialismo conlleva una teoría política monocultural, hegemónica, eurocéntrica que se expresa bajo las premisas de un modelo de desarrollo capital/extractivista; cultura jurídica positivista y el racismo como pecado original del colonialismo. La plurinacionalidad desafía al estado/nación, deontológicamente es la sustitución del estado/nación por el estado plurinacional. Entonces Estado Plurinacional implica la convivencia de múltiples comunidades jurídico/políticas, amalgamadas por una misma Constitución, que ayuda a evitar la fragmentación de sociedades en estados o países. No es un invento nuevo ni traído de los cabellos, se sustenta en el principio de la libre determinación de los pueblos que recoge la Declaración de las Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas:
 
Artículo 3.- Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.
 
Artículo 4.- Los pueblos indígenas, en ejercicio de su derecho de libre determinación, tienen derecho a la autonomía o al autogobierno en las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales, así como a disponer de los medios para financiar sus funciones autónomas.
 
Artículo 5.- Los pueblos indígenas tienen derecho a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, manteniendo a la vez su derecho a participar plenamente, si lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado”..
 
En sentido similar encontramos en la Declaración de la Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas: 
 
Artículo 3.- “Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural”.
 
El Artículo 4.– “Los pueblos indígenas, en ejercicio de su derecho de libre determinación, tienen derecho a la autonomía o al autogobierno en las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales, así como a disponer de los medios para financiar sus funciones autónomas”.
 
Artículo 5.- “Los pueblos indígenas tienen derecho a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, manteniendo a la vez su derecho a participar plenamente, si lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado”.
 
En sindéresis con el art. 1 del Convenio 169 de la OIT que identifica quienes son los sujetos colectivos o pueblos indígenas a acoger y aplicar 
 
Declaracióny Programa de acción de Viena, aprobados por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos el 25 de junio de 1993 prescribe en su punto dos: 
 
“Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho, 
determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.
 
Habida cuenta de la situación particular de los pueblos sometidos a dominación colonial o a otras formas de dominación u ocupación extranjeras, la Conferencia Mundial de Derechos Humanos reconoce el derecho de los pueblos a adoptar cualquier medida legítima, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, encaminada a realizar su derecho inalienable a la libre determinación. La Conferencia considera que la denegación del derecho a la libre determinación constituye una violación de los derechos humanos y subraya la importancia de la realización efectiva de este derecho”.
 
Igual en el art. 1, 2 y 3 del Pacto Internacional de Derechos Económicos y Sociales, de las Naciones Unidas, así como en los arts. 1, 2 y 3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la ONU.
 
No somos alienígenos, la resistencia llevó tanto al Derecho Internacional Público y luego a la Constitución de Montecristi reconocer 21 derechos colectivos que constan en el art. 57 de la Constitución. La legitimidad y una verdad irrefutable llevó a reconocer el Derecho a la Resistencia ante los abusos del poder (art 98 de la Constitución), así como el ejercicio de la justicia indígena concediendo facultades jurisdiccionales y la obligación de toda autoridad y órgano del poder público a acatar la decisión indígena (art. 171 ibídem). Ahora para armonizar la constitución con la legislación interna la norma constitucional en su art. 84 dispuso a la Asamblea Nacional y todo órgano con potestad normativa la obligación de adecuar, formal y materialmente, las leyes y demás normas jurídicas a los derechos previstos en la constitución y los tratados internacionales para garantizar la dignidad del ser humano o de las comunidades, pueblos y nacionalidades; mas el órganos legislativo por abulia no adecúa la Ley de Migración, Extranjería y tantos cuerpos legales que aún contienen una pesada carga de cultura jurídica positivista rezagos del paleolítico que impide abrir al pensamiento jurídico contemporáneo (pluralismo jurídico) conservando las cadenas mentales del colonialismo.
 
El mandato de adecuar a la legislación interna a la constitución y los instrumentos internacionales también consta en la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados de 1969, del cual el Ecuador es suscriptor que en su art. 27 prescribe “Una parte no podrá invocar las disposiciones de su derecho interno como justificación del incumplimiento de un tratado. Esta norma se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 46”. Igual en el art. 1, 2 y 3 del Pacto Internacional de Derechos Económicos y Sociales, de las Naciones Unidas, así como en los arts. 1,2,3 del Pacto Internacional de Derechos civiles y Políticos de la ONU.
 
En efecto somos pueblos milenarios, conformamos 14 nacionalidades y 18 pueblos el Ecuador diverso. Somos comunidades pre estatales, preinkaikas , mantenemos una continuidad histórica por 10 mil años, aquí miraron los abuelos la primera luz del sol andino, y con ayuda de la ingeniería genética se cree que crearon el maíz, el babaco y otros alimentos; basados en la ingeniería hidráulica construyeron grande reservorios y canales de riego que aún funcionan; la ingeniería civil hizo posible contar con 40 mil km. de camino empedrado por el Tawantinsuyo; dominaron la agroecología con ayuda del calendario Luni-solar y más conocimientos de astronomía; tuvieron una arquitectura y geometría que les permitió levantar Machu Picchu, Tenochtitlan, Inkapirca, Sagsaywaman, Teotihuacan, Calakmul, Cahokia, y los quipus que contiene un sistema de escritura tridimensional en sistema binario, lenguaje que es hoy usado por la informática, y ese apego espiritual umbilical con la Pachamama, permitió conservar, convidar y amar la vida. Motivos para resistir sobran y desde la resistencia invitamos a perfilar la plurinacionalidad en la interculturalidad comunitaria.
 
Fraternamente
 
Carlos Pérez Guartambel
Cuenca de Guapondelig, octubre 16 del año colonial 2015
 

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